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La Justicia Federal le otorgó la excarcelación a Juan Pablo “Pata” Medina

Fuente: Publicado en Palabras del Derecho

El ex jefe de la UOCRA se encontraba en prisión domiciliaria desde el 18 de febrero del 2020, en el marco de una causa que se le seguía por los delitos de lavado de activos, extorsión y asociación ilícita, a partir de lo cual se lo había detenido en septiembre de 2017.

 

pata medina

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 2 de La Plata otorgó la excarcelación a Juan Pablo "Pata" Medina, ante el pedido realizado por el Dr. César Albarracín en carácter de defensor particular del sindicalista, al argumentar que habían desaparecido los presupuestos en los que se basaron en una oportunidad anterior para dictar la prisión preventiva.

El magistrado Dr. Alejandro Daniel Esmoris –juez de Cámara- señaló que si bien es cierto que se le atribuye al imputado ser jefe de una asociación ilícita que operaba con intimidación y amenaza como método para doblegar la voluntad de los afectados, la actitud observada desde que se encontró en cumplimiento del encarcelamiento domiciliario permite vislumbrar que tal matiz del hecho no opera como impedimento para la concesión del instituto peticionado.

En este sentido, manifestó que en dicho período no se han presentado reclamos relativos a conductas intimidatorias hacia las presuntas víctimas ni se evidenciaron actitudes amenazantes que permitieran prorrogar la prisión domiciliaria.

Por ende, sostuvo que dicho comportamiento lo llevó a presumir que Medina no intentará eludir el accionar judicial ni tratar de entorpecer el juicio sino, por el contrario, que se mantendrá a derecho para el seguimiento del proceso.

Ahora bien, entendió que el beneficio se concedería bajo caución juratoria imponiendo medidas tendientes al aseguramiento de su presencia en el debate, estas son: prohibición de salida del país, presentación mensual en la comisaría con jurisdicción en su domicilio y prohibición de contacto por cualquier medio con las víctimas.

Asimismo, se le prohibió el despliegue de cualquier actividad gremial en la UOCRA Seccional La Plata u otras seccionales además del impedimento de acercarse a las mismas.

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