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TRIBUNAL DE CASACION - SENTENCIA ABSOLUTORIA EN JUICIO ABREVIADO

El Tribunal de Casacion absolvió a Juan Pablo "Pata" Medina en una de las causas que se le iniciaron durante  el año 2017 en la Provincia de Buenos Aires. Básicamente, se consideró que la conducta que se le intentó atribuir no reunía los requisitos objetivos del delito de compulsión a la huelga propuesto por la Fiscal.

La sentencia que comentamos brevemente es muy relevante porque pone fin a la persecusión penal que sufrió Juan Pablo Medina en la Provincia de Buenos Aires.

La causa se había iniciado por denuncia de un empresario, a mediados del año 2017.

En Octubre de ese año se requirió la detención de Juan Pablo Medina por supuesta coacción agravada.

Luego de dos años y dos meses de prisión preventiva, y ante la ausencia de fecha de inicio del debate, se accedió a suscribir acuerdo de juicio abreviado, que en ese momento permitió la excarcelación del imputado.

La Fiscal propuso la pena de once meses de prision por el supuesto delito de instigación de compulsión a la huelga.

Corresponde aclarar que Juan Pablo Medina en ningún momento se declaró culpable ni consintió que se lo condene.

En la Provincia de Buenos Aires el juicio abreviado no exige confesión ni admisión de culpabilidad.

Puede consultarse en ese sentido el siguiente artículo: VER ARTICULO 

De manera que Medina mantuvo siempre la expectativa de absolución, que fue rechazada por el TOC 5 de La Plata. 

Dictada entonces la condena, planteamos recurso de casación, oportunidad en la que  expusimos que Juan Pablo Medina era absolutamente ajeno a los hechos, que no habia prueba mínima en su contra, que su sometimiento a proceso derivaba de las presiones ejercidas por el Poder Ejecutivo para que se lo encarcele y se lo prive de realizar actividades gremiales y, finalmente, que los hechos no encuadraban en el delito de compulsión a la huelga por no haberse demostrado el uso de violencia.

El Tribunal de Casación coincidió con la defensa en el sentido de que el delito por el que había sido condenado requería violencia, que no se daba en el caso.

Sobre esa base, y aplicando el principio de no "reformatio in peius" (prohibición de modificar la sentencia en contra del imputado sin recurso acusatorio), procedió -como correspondía- a dictar la absolución de  a Juan Pablo Medina.

Compartimos el recurso y la sentencia. Estimamos que ambos son valiosos porque reflejan el modo en que se concretaron, a nuestro modo de ver, distintas arbitrariedades que -finalmente- desembocan en esta sentencia que hace justicia material en el presente caso.

 

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RECURSO DE CASACION

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 SENTENCIA ABSOLUTORIA

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