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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. EXTINCION DE LA ACCION PENAL POR PLAZO RAZONABLE.

La CSJN se pronunció hoy nuevamente sobre la garantia de plazo razonable en materia penal. Con cita de los estandares del caso "Espindola", anuló la sentencia de la Suprema Corte de Provincia y ordenó que se dicte nuevo pronunciamiento en forma urgente.

       Compartimos este nuevo fallo de la CSJN dictado en el marco del recurso de queja que interpusimos contra la sentencia de la Suprema Corte de Provincia que rechazó la admisibilidad del recurso federal.

       Se juzgó en el caso un robo con arma de fuego no apta presuntamente cometido en el año 2002.

       Mi defendido fue acusado de haber proporcionado datos para su comisión.

       Al inicio de la investigación,  la defensa  logró demostrar que la persona sindicada por las víctimas era en realidad un homónimo. 

       Pero tiempo después, apelación mediante, se revocó el sobreseimiento.  Y en el año 2009 se realizó el juicio oral, que concluyó con una condena a cinco años de prisión para Gómez, en ese entonces representado por otro colega.

       La defensa recurrió esa condena ante el Tribunal de Casación Penal, luego ante la Suprema Corte Provincial y, finalmente, presentamos recursos ante la CSJN.

       Tal como se descata en el fallo del máximo tribunal, los recursos provinciales llevaron más de ocho años de trámite.

       Y el proceso al que fue sometido Gómez, al día de hoy, lleva casi dos décadas.

        Cuando sucedió el hecho el imputado tenía 37 años.

        Hoy tiene 56 años. Ni antes de después de este proceso tuvo el más mínimo antecedente penal o contravencional. De haber quedado firme la condena, debía comenzar a cumplir una pena que -evidentemente- caracería a esta altura de cualquier sentido.

        La CSJN ratifica con este fallo una línea jurisprudencial muy clara que tiende a corregir una de las disfuncionalidades más graves en la justicia provincial.

        Acompañamos el recuro de hecho que interpusimos, el fallo de la CSJN y las repercusiones periodísticas del mismo.

 

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ver recurso presentado

a pdf icono30 Ver fallo de la CSJN. 

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